martes, 30 de diciembre de 2014

Belén Gopegui y sus "madres"

En este blog he comentado ya varios libros de Belén Gopegui. Vistos en su conjunto y como ya he dicho en varias entradas, me parecen novelas de una gran escritora que, desgraciadamente, no está llegando adonde podría llegar, por dedicarse a narrar historias con un compromiso político no sólo periclitado sino, me parece, bastante dañino para la literatura, por su reductor maniqueísmo y esas propuestas utópicas que quieren pasar por posibles o realistas.

      A pesar de todo esto, seguía reconociendo ciertos valores originales e independientes en la escritura de Gopegui,  y por eso lo que menos me esperaba en El comité de la noche es ver que la autora haya caído en las redes de lo políticamente correcto. No quiere esto decir que yo no esté de acuerdo con algunos de sus postulados, pero ver a Gopegui repitiendo las consabidas proclamas acerca del lenguaje patriarcal, usando el plural “madres” en lugar del “padres” [“en mis madres (quiero decir en mis padre y mi madre”)] me parece intelectualmente barato e improcedente para una escritora de sus posibilidades, que debería estar cuestionando también esas lecturas tan superficiales de las propiedades del lenguaje [la cita de la novela va sin paginación pues el libro lo he leído en formato digital].

      En otra entrada acerca de esta corrección política, incluía un ejemplo de lo absurdo y confuso que podría ser llevar esta práctica al castellano de manera indiscriminada. El ejemplo estaba tomado de un 
surrealista documento del gobierno de Hugo Chávez. Lo vuelvo a copiar aquí, quedándome con la intriga de cómo arreglarían esto l@s p@rtidari@s de est@ revisi@n linguïstic@ [“revisi@n va sin acento, pues no he encontrado el modo de ponerlo sobre el signo de la arroba]. (La reseña de El comité de la noche será la próxima entrada del blog. Saludos)

«Sólo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.»

   «Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.»
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